Pervivencias medievales: la labor asistencial de la Santa Limosna en Teruel, s. XVI-XXI




Introducción

Se denomina beneficencia a los actos cuya donación o ayuda voluntaria contempla la asistencia a las personas necesitadas.
En la época medieval la pobreza formaba parte del orden natural, ya fuera derivada de situaciones puntuales (guerra, pestes, enfermedad…), o de carácter estructural; es decir, como consecuencia del orden social establecido.

Organización 

Una de las funciones concejiles fue la de elaborar un registro de los pobres del lugar.
El 27 de diciembre de 1821 se aprobó en las Cortes la 1ª Ley de beneficencia de la época moderna, origen y fundamento las Juntas municipales de beneficencia que sustituyeron a las Diputaciones de Caridad.
Entre sus competencias tenían el de administrar los fondos necesarios para el mantenimiento de las instituciones benéficas que hubiese en su población y procurar recursos para proseguir con la labor encomendada: socorrer a los enfermos y proporcionar a los menesterosos alivios para una pobreza incurable. De todo ello tenían que dar cuenta al ayuntamiento de la población del que dependían. Las juntas estaban formadas por nueve personas, el alcalde era el presidente nato.

Las salinas de Armillas

En 1276 Jaime I le cedió a Pedro Fernández de Híjar, uno de sus hijos naturales, I señor de Híjar y de Segura de Baños, las salinas de Armillas para su explotación; convirtiéndose en proveedores de sal para toda la Encomienda de Montalbán y parte del Reino de Aragón.
En 1388, siendo titular Alonso Fernández de Híjar y Mexías (1386-+1400), V señor de Híjar, pasaron a ser propiedad de Francisco Pérez de Aranda que las dejó en su testamento, 1440, a la Santa Limosna.
Adquiridas en el siglo XIX por la familia Torán de Teruel, su explotación se abandonó en 1966. En 1982, la propiedad pasó a manos de la familia Mainar, natural de Armillas. En la actualidad siguen en desuso.

La Santa Limosna

Esta institución benéfica fue creada por Francés de Aranda, como queda manifiesto en su testamento de 2 de septiembre de 1422 (AHPTE. Concejo. Perg.-CA/00006/0155). Su principal finalidad fue la de ayudar a los pobres. La puso bajo la protección del Concejo de Teruel y los canónigos de la colegiata de Santa María. Se llamó almosna de Santa María o Pía Almosna, más conocida como Santa Limosna que ha pervivido hasta la actualidad, reconocida por el
Ayuntamiento de Teruel y vigente sistema de Seguridad Social.
Conocemos el contenido de la escritura fundacional en la “Copia del Testamento del venerable Don Francisco de Aranda y de la Institución de la Santa Limosna de la ciudad de Teruel, fundada por el mismo.- Sacada del libro cabreo existente en el Archivo del Excmo Ayuntamiento de dicha ciudad por Damián Colomés y Peydro” (AHPTE. Concejo. 00025/0004), natural de Camarena de la Sierra. En 1883 ingresó en el Cuerpo de Archiveros, Bibliotecarios y Anticuarios, dos años más tarde impartió clases de francés en el Instituto de Teruel.
No vamos a parafrasear este documento, pero si les indicamos que el arriendo fue el sustento principal de esta institución. Las salinas se arrendaron por 3.000 sueldos anuales, luego 5.000, parte de ellos se repartían entre los pobres.
En este documento también se contempla que los bienes o rentas que se donen a la Santa Limosna, “… estén comprendidos y entendidos en aquel mismo régimen, capítulos, condiciones, modo y forma en que se está la renta de dichas salinas…”.
Y, efectivamente, esta institución no sólo contó con las rentas de las salinas. Fue frecuente que algunas personas dejasen legados en sus testamentos (1436, 1438, 1465…); censales (1439, 1460); arriendo de unas
viviendas en Teruel (1467); de 1826 data el Libro cabreo del Pío Legado o en 1912 consta la luición de un censal ante Lorenzo Garzón y Naya, notario.
También conocemos alguna carta episcopal sobre su funcionamiento (1487), requerimientos, sentencias, cesiones, ventas, licencias…
Sólo nos queda animar a que sigan profundizando en esta institución. Como siempre el acceso a través de DARA o presencial.

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